FORO DE CIUDADANOS DE ALMERÍA
DOCUMENTO SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Estación de Almería (Foto de Víctor G López, reproducida bajo licencia CC)
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
1) ANÁLISIS
1.1)
De la democracia
representativa a la democracia participativa
La participación ciudadana en la gestión y en la toma de
decisiones de gobierno es una cuestión clave para cualquier sistema democrático
moderno, sobre todo en el caso de las administraciones locales, que son las más
próximas a los ciudadanos. Prescindir de estos, reduciendo su participación a
la emisión de voto en las convocatorias electorales, convierte la democracia en
partitocracia.
En democracia, la soberanía nacional reside en el pueblo,
como reconoce el art. 1 de nuestra Constitución, y no en los partidos ganadores
de cada elección, aunque suya sea la legitimidad para desempeñar las funciones
constitucionales derivadas de su victoria. El problema no es discutir esa
legitimidad, sino cómo ejercerla.
Durante los casi cuarenta años de vigencia de nuestra
democracia, los partidos han entendido que sus programas electorales son la
referencia exclusiva para guiar su gobierno. La experiencia demuestra que ese
planteamiento es falaz, puesto que los incumplimientos de las promesas
electorales son habituales (e inevitables, según el profesor Tierno Galván): la
realidad social cambiante obliga a adaptar las decisiones a las circunstancias
de cada momento, pero también porque las propuestas de otros partidos deben ser
tenidas en cuenta por haber conseguido el apoyo de una parte de la sociedad,
aunque no sea mayoritaria. Los gobiernos no deben ser excluyentes.
Durante los últimos veinte años y a partir de estas
ideas, la literatura especializada en materia de gobernanza ha ido proponiendo
principios y métodos participativos imprescindibles para la regeneración
democrática que se reclama desde amplios sectores de nuestra sociedad.
Paralelamente todas las instancias de gobierno han promovido normas que
pretenden orientar y regular la participación, empezando por la UE a través de
directivas específicas, desarrolladas después en disposiciones
legislativas nacionales de obligado cumplimiento.
En el caso español la norma que regula la participación
es la Ley 57/2003 de 16 de
diciembre para la Modernización del Gobierno Local, (más
conocida como Ley de Grandes Ciudades) publicada en el BOE de 17 de diciembre
de 2003. Entró en vigor
el 1 de enero de 2004, de acuerdo con lo dispuesto en su
Disposición Final 3ª.
1.2) La participación ciudadana en Almería
La Ley 57/2003 es de obligado cumplimiento en Almería por
cumplir nuestra ciudad los requisitos expuestos en el artº 121 del Título
Tercero (“Ámbito de aplicación”). Algunas de sus prescripciones (como las que
se refieren al funcionamiento del Pleno Municipal y a las atribuciones del
alcalde) se aplicaron inmediatamente pero muchas de las referentes a la
participación siguen sin desarrollarse doce años después.
Cuando se promulgó esta Ley existían algunos
antecedentes: el Reglamento Tipo de Consejos Sectoriales y Reglamento Marco de
Régimen Interno de Centros Sociales aprobados en el Pleno de 3 de diciembre de
1992, el Reglamento Marco de la Junta de Distrito y Juntas Locales, aprobado en
el Pleno de 7 de octubre de 1993, y el Reglamento de Participación Ciudadana y
Desconcentración Municipal que se
aprobó en el Pleno de 18 de junio de 1996 (BOP 177 de 11
de septiembre de 1996).
Ninguno de estos Reglamentos llegó nunca a aplicarse por
falta de voluntad política, permaneciendo guardados en un cajón hasta que en el
año 2007 los presidentes de tres de las cuatro FAVA (Federaciones de
Asociaciones de Vecinos) existentes en Almería, junto con el Foro Ciudad,
decidieron constituir un Comité y proponer al Área Municipal de Participación
Ciudadana la redacción de un nuevo Reglamento que se ajustara a las previsiones
de la Ley 57/2003.
El 28 de mayo de 2009 mediante un decreto de la Alcaldía
se reconoció a este grupo como Comité Vecinal bajo la presidencia del alcalde,
y se planteó su funcionamiento como tal hasta que se constituyera el Consejo
Sectorial Municipal de Participación Ciudadana. Inmediatamente después el
Comité presentó el amplio e intenso trabajo realizado al Área de Participación,
que lo asumió como un primer borrador del Reglamento Orgánico que aún iba a
tardar tres años y medio en aprobarse: lo hizo el Pleno de 10 de diciembre de
2012 y se publicó en el BOP nº 20 de 30 de enero de 2013. Este Reglamento se
encuentra en vigor y pendiente de desarrollo en muchos de sus extremos. El
Comité sólo existe nominalmente, porque no ha sido convocado como tal, aunque
sus miembros intervienen ocasionalmente en gestiones internas del Área de
Participación.
1.3) Ámbitos de participación
Hay que distinguir al menos tres ámbitos participativos:
a) El movimiento vecinal, constituido por
las asociaciones de vecinos, actualmente
agrupadas en cuatro FAVA. El problema fundamental en este
ámbito es la división existente, que no solo se refleja en la existencia de
esas cuatro FAVA y en su falta de coordinación, sino en la multiplicación de asociaciones
vecinales en los barrios, en alguno de los cuales hay hasta cuatro distintas,
como resultado de rencillas entre vecinos, de intereses particulares, o de
diferencias ideológicas, alentadas en muchos casos por los partidos políticos
para mantener su influencia sobre los ciudadanos.
Es imprescindible que las asociaciones se desvinculen de
los objetivos partidistas y que trabajen tan solo buscando el interés de su
barrio y de todos sus vecinos, estructurando su funcionamiento para que estén
coordinadas.
El órgano de participación en este ámbito debe ser el
Comité Vecinal, actuando como interlocutor principal y casi exclusivo del
Ayuntamiento en esta materia.
b) El resto del tejido asociativo,
constituido por varios cientos de asociaciones con una gran variedad de fines:
culturales, educativos, asistenciales, económicos, etc. Los órganos a través de
los cuales debe participar el tejido asociativo son los Consejos Sectoriales.
c) Las entidades cualificadas, que son las
asociaciones y entidades especializadas en distintas actividades sociales y
económicas, sobre las que poseen y cultivan un conocimiento más completo y
profundo que el que tiene el resto de ciudadanos. El órgano administrativo a
través del cual deben participar estas entidades es el Consejo Social, además
de hacerlo en todas las comisiones, grupos de trabajo, etc. que gestionen
asuntos relacionados con las materias de su competencia. El Consejo Social se
constituyó el 17 de abril, en plena precampaña electoral municipal, pero no ha
vuelto a ser convocado, ni se ha anunciado su convocatoria.
2) DIAGNOSIS (DAFO)
Utilizando la misma metodología que se ha planteado para
desarrollar la Estrategia
Almería 2020, un diagnóstico de la Participación
Ciudadana en esta ciudad puede ser
2.1) Debilidades:
-
El movimiento
vecinal está dividido y desmotivado por la utilización partidista de que
ha sido objeto desde la instauración de la democracia, y por la falta real de voluntad
política para contar con los ciudadanos de una manera efectiva, y para organizar
coherentemente su participación en las decisiones de gobierno.
-
Al desencanto y
desafección que han provocado estas circunstancias, se une el problema del
carácter de los almerienses poco inclinados a luchar por la mejora de sus
condiciones de vida, entre otras cosas por no saber cómo pueden hacerlo, por
considerar que no merece la pena el esfuerzo de intentarlo a la vista de la experiencia,
o por haber calado el mensaje de que no les corresponde a ellos la responsabilidad
de buscar soluciones. A pesar de las dramáticas circunstancias actuales,
derivadas de los insoportables índices de paro que sufre Almería.
-
Las numerosas
asociaciones que teóricamente constituyen el tejido asociativo en
muchos casos existen sólo con carácter nominal, sin actividad significativa, de
forma que su supuesta riqueza es aparente.
-
Las asociaciones más
dinámicas son incapaces de ponerse de acuerdo, por lo que la carencia de
proyectos colectivos es total. Esta incapacidad para acometer objetivos
conjuntos, que supuestamente se comparten, se debe en algunos casos a afanes
excesivos de protagonismo y en otros a que los intereses particulares se imponen
a los generales.
-
La participación de las
entidades cualificadas tiene debilidades semejantes a las que
sufre el tejido asociativo. No se acepta que para orientar todas las decisiones
de gobierno hay que contar con los que más saben sobre cada asunto o materia.
2.2) Amenazas
-
En este campo se puede
considerar que existe una única amenaza: seguir ignorando la necesidad de contar
con una participación ciudadana efectiva. y las ventajas que se derivan de que
los ciudadanos se involucren en las decisiones de gobierno de una manera
ordenada y positiva.
-
Para superar esta
amenaza los gobernantes deben aceptar que la participación ciudadana es un
derecho. En desarrollo del principio expuesto en su art. 1 nuestra Constitución
establece que “corresponde a los poderes públicos facilitar la participación
de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”
(art. 9.2) y que “los ciudadanos tienen derecho a participar en los
asuntos públicos directamente” (art. 23). Para conseguirlo hay que
promover y proveer los medios que impidan tanto asamblearismos como amiguismos
y tratos de favor.
- Los ciudadanos tienen que asumir también que la
participación es un deber que hay que exigir y ejercer con responsabilidad,
formándose e informándose veraz y adecuadamente. A este respecto conviene
consultar el nº 26 de Mediterráneo Económico (Fundación Cajamar): “La responsabilidad
ética de la sociedad civil”.
2.3) Fortalezas
-
También se puede hablar
de una única fortaleza de la Participación Ciudadana en Almería, que consiste
en la convicción cada vez más extendida de la necesidad de una sociedad civil
fuerte para desarrollar el principio participativo consustancial con el sistema
democrático. La participación es el único medio eficaz para mejorar la
transparencia, para prevenir la corrupción, y para evitar la mediocracia,
lacras que obstaculizan el desarrollo de la sociedad y que impiden su progreso.
Hay que avanzar en que la honestidad y demás valores cívicos se impongan en el
ejercicio de las funciones públicas, y que los méritos guíen la composición de
los equipos gobernantes. Esta es todavía una fortaleza poco consolidada, pero
que acabará por crecer inexorablemente.
2.4) Oportunidades
-
Por un lado las
oportunidades para el desarrollo de la Participación Ciudadana las ofrece las
doctrinas imperantes en materia de gobernanza democrática cada vez más asumidas
por ámbitos más amplios de la sociedad civil, desde los que se demandan cambios
profundos en nuestro sistema político que habrá que acabar atendiendo. La
crisis del bipartidismo, la petición de democratización interna de los partidos
y de cambios en la legislación electoral, el clamor por una mayor transparencia,
y las iniciativas cada vez más frecuentes de constituir mesas o grupos de
trabajo y opinión sobre las más variadas cuestiones y problemas de la vida
local, son claras manifestaciones del carácter imparable de ese proceso.
-
Además, la voluntad de
unificación del movimiento vecinal que ha manifestado y viene persiguiendo
reiteradamente la FAVA Espejo del Mar que es la más antigua y representativa de
las cuatro que como se ha dicho existen en Almería, siguiendo los criterios de
la CAVA (Confederación de Asociaciones Vecinales de Andalucía) constituida en
1995 por una treintena de Federaciones de las ocho provincias, entre las que se
cuenta la que promueve esa unificación en nuestra ciudad.
-
Otra oportunidad la
ofrecen los llamados “partidos emergentes” que defienden y preconizan un cambio
profundo en los métodos de gobierno local. De momento ese deseo de cambio no se
ha concretado en nada específico, pero hay que mantener la esperanza de que
cumplan sus promesas, que ilusionaron a una parte significativa de los
electores y les decidieron a otorgarles su apoyo.
-
Por otro lado, las
disposiciones normativas que imponen la obligación de desarrollar métodos
participativos en el gobierno local deben ser consideradas también como
oportunidades para resolver los problemas de la participación. En este sentido
hay que esperar que tanto las Directivas de la UE como la Ley 57/2003 acabarán
teniendo que ser aplicadas en toda su extensión.
-
Las exigencias de la
Unión Europea para la concesión de los Fondos Feder a las que corresponde esta
iniciativa metodológica participativa en la redacción de la Estrategia Almería
2020 son un ejemplo de que el desarrollo de una participación ciudadana real y
efectiva va a ser cada vez más necesaria, requerida e impuesta por los
organismos oficiales competentes, lo que también debe ser considerado como una
oportunidad.
3) PROPUESTAS DE ACTUACIÓN
A continuación se exponen algunas sugerencias de
actuación que pueden ser útiles
para el desarrollo de una participación ciudadana eficaz:
3.1) En el ámbito del movimiento ciudadano
• Constituir el Consejo Sectorial de Participación
Ciudadana como órgano principal
y prioritario del movimiento vecinal, y como interlocutor
único para el desarrollo y
aplicación del Reglamento Orgánico de Participación
Ciudadana
• Informar a todas las Áreas Municipales de su existencia
y de sus competencias, y organizar visitas a esas Áreas a través de las
Asociaciones de Vecinos, para que los ciudadanos conozcan mejor su
Ayuntamiento.
• Orientar el funcionamiento de ese Consejo a unir y
dignificar el movimiento vecinal, apoyando las medidas que se estimen
pertinentes con ese fin, y facilitar su intervención en las siguientes
acciones:
• Actualizar el Registro Municipal de Entidades
Ciudadanas
• Simplificar el régimen de subvenciones y acuerdos de
colaboración con las AAVV
• Organizar y coordinar las representaciones vecinales en
Distritos, la constitución
de los Consejos Sectoriales, y la presencia de ciudadanos
en las comisiones de gestión de servicios concesionados: limpieza, jardinería,
transporte, etc.
• Promover presupuestos participativos y trabajar en su
redacción
• Controlar y potenciar el funcionamiento de la Oficina
de Quejas y Sugerencias
• Promover y gestionar una oficina de Atención al
Ciudadano y el nombramiento de un Ombusman o Defensor del Ciudadano como
director de la misma
• Poner en marcha una Escuela de Formación Vecinal
3.2) En el ámbito del tejido asociativo
• Actualizar el Registro Municipal de Asociaciones.
• Constituir los Consejos Sectoriales, especialmente los
relacionados con servicios a la ciudadanía, y organizar la participación de las
asociaciones en ellos.
• Propiciar la promoción y ejecución de proyectos
colectivos.
3.3) En el ámbito de las entidades cualificadas
• Potenciar el fortalecimiento de la sociedad civil.
• Integrar a las entidades cualificadas pertinentes en
las empresas municipales y contar con ellas en cuantas iniciativas y proyectos
corresponda.
• Solicitar el apoyo de la sociedad civil en
reivindicaciones a otras administraciones.
• Convocar y regular el funcionamiento del Consejo Social
de la ciudad.
• Involucrar al Consejo Social en la redacción de un Plan
Estratégico.
Alfonso Rubí Cassinello, presidente del Foro
Liberio López Aguilera, vicepresidente
Casa de las Mariposas, Almería (Foto de Sky Cycle, reproducida bajo licencia CC)